Cuando fallece una persona (sus bienes, y si las tiene, sus deudas)hay que hacer una serie de trámites para saber quiénes son los herederos y para que los bienes de la herencia a nombre del fallecido pasen a nombre de los herederos. Hasta que esto no se haga, no se puede vender en escritura ninguno de los bienes del fallecido, ni tampoco sacar el dinero que hubiese en el banco.
Es imprescindible que todos los herederos hayan aceptado o renunciado a la herencia, en un momento anterior al reparto de bienes o en el mismo momento de la partición de la herencia.
1. Cuando existe testamento:
Lo habitual es que sea el testador el que realice el reparto de sus bienes.
2. Cuando no existe testamento:
Los herederos, de común acuerdo, realizan el reparto de bienes. En algunos casos no es posible realizar el reparto de bienes por:
Aunque se trata de un mismo acto jurídico la partición de herencia y aceptación o repudiación de herencia, son totalmente distintos. Toda persona llamada a una herencia podrá aceptarla o repudiarla.
Dependiendo de que la herencia haya sido o no aceptada o repudiada pueden darse dos situaciones antes de la partición:
1. Caso de herencia yacente
La herencia no ha sido aceptada ni repudiada por los llamados a la misma. Puede darse el caso de que algún coheredero se niegue a aceptar o repudiar la herencia.
2- Caso de comunidad hereditaria
Un coheredero que ya ha aceptado la herencia se niega a repartir los bienes hereditarios (partición).
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